Introducción
Perú es una República unitaria que se extiende en la parte central y occidental de América del Sur. El territorio de 1.285.215.60 kilómetros cuadrados comprende la amazonia (57.9 %), la zona andina (31.5 %), la costa (10.6 %) y 200 millas de mar territorial, lo que incluye un litoral de 3.080 km en el Pacífico Sur. Perú limita con las Repúblicas de Ecuador (1.529 km), Colombia (1.616 km), Brasil (2.822 km), Bolivia (1.047 km) y Chile (168 km). Por extensión territorial se encuentra entre los 20 países más grandes del mundo (puesto19).[1]
El tamaño del territorio, la riqueza en recursos naturales y agua y las extensas fronteras con los países vecinos (excepto con Chile, 168 km) tradicionalmente han sido motivo de preocupación de seguridad nacional y al mismo tiempo origen de conflictos durante gran parte de la vida republicana.
Asegurar la independencia, soberanía e integridad del territorio nacional, finalidad primordial que la Constitución de Perú (1993)[2] le asigna a las Fuerzas Armadas (FFAA), es naturalmente una tarea muy delicada que implica contar con un tamaño de fuerza proporcional a la extensión territorial y de las fronteras por proteger que en total suman 7.182 km además de 3.080 km de litoral marítimo y las 200 millas de mar territorial con el correspondiente espacio aéreo.
Esta problemática geoestratégica ha significado que las Fuerzas Armadas peruanas, en el fiel cumplimiento de su misión, aseguren el despliegue y presencia en toda la geografía nacional. Despliegue físico, cobertura electrónica y satelital complementan la tarea de asegurar la soberanía nacional. No obstante, la historia de Perú está marcada por conflictos armados, guerra externa, y amenazas de toda naturaleza incluyendo el ataque de movimientos comunistas para subvertir el orden constitucional.
De acuerdo con información del Índice Global de Potencia de Fuego - GFP, (2024) de Suecia, el tamaño de las Fuerzas Armadas de Perú desplegados en todo el territorio nacional alcanza a 134.000 efectivos (ejército, marina y fuerza aérea).[3]
Tanto las amenazas tradicionales como las nuevas amenazas que afectan a la seguridad nacional implican que las Fuerzas Armadas peruanas obligatoriamente tengan que contar con las capacidades materiales y en recursos humanos proporcionales al bien por proteger que comprende la integridad, soberanía, la persona humana y los intereses de la nación. En tal razón, el componente más relevante de todo ejército, la tropa o los enlistados que conforman la base de la fuerza, provienen del Servicio Militar. Y es ahí donde radica el impacto disruptivo que afectó por un tiempo la operatividad de las FFAA de Perú al declararse el servicio militar como voluntario.
Desarrollo
Antecedentes
En Perú, hasta el 29 de setiembre de 1999 el Servicio Militar en las FFAA tenía el carácter de obligatorio (SMO); Ese día se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley N° 27178, Ley del Servicio Militar (1999) que instituyó el Servicio Militar Voluntario (SMV) para todos los jóvenes nacidos o nacionalizados en el territorio peruano. Un verdadero punto de quiebre para las FFAA que las obligó a implementar estrategias innovadoras para atraer a filas a la juventud que voluntariamente deseara enrolarse por un período de dos (02) años. Casi 8 años después se promulgó una nueva ley que reemplazó a la anterior: Ley N° 29248 (2008), Ley del Servicio Militar.
La Ley del Servicio Militar No. 27178 de 1999, que como se ha indicado líneas arriba, determinó la eliminación del SMO e introdujo a su vez una serie de derechos y beneficios para los jóvenes que prestan servicio en el activo de manera voluntaria (acuartelado, no acuartelado y Comités de Autodefensa); en lo que podría considerarse como una primera medida de carácter innovador a implementarse en las Fuerzas Armadas, este dispositivo legal estableció lo siguiente:
“Artículo 46.- De los derechos y beneficios en el servicio activo. Todos aquellos que se encuentren cumpliendo su servicio en el activo, sea acuartelado o no acuartelado, tendrán derecho a:
1. Alimentación diaria;
2. Dotación completa de prendas según la región y estación;
3. Asignación económica mensual;
4. Viáticos y pasajes en comisión de servicios;
5. Recibir prestaciones de salud hasta 3 (tres) meses después de concluido el servicio, salvo en los casos que recupere los derechos del régimen de prestaciones de salud al que pertenecía antes de su incorporación al activo;
6. Recibir capacitación técnico-laboral:
7. Recibir asistencia social;
8. Facilidades para continuar con estudios primarios, secundarios o superiores;
9. Descuento del 50% del valor de las entradas a los espectáculos públicos auspiciados por el Instituto Nacional de Cultura; y,
10. Los demás derechos y beneficios señalados en las normas pertinentes”
Del listado de derechos y beneficios que estableció la mencionada norma, es relevante destacar el que corresponde al numeral 6. Recibir capacitación técnico-laboral. Para el efecto, a partir del año 2000 se empezó a crear los Centros de Educación Ocupacional (CEO) en las Fuerzas Armadas con la misión de capacitar al personal de tropa en el activo para el trabajo técnico productivo.[1] En teoría, los soldados que culminasen su SMV deberían reincorporarse a la sociedad con un diploma de Auxiliar Técnico en alguna de las especialidades que se ofrecían en los CEO (electricidad, electrónica, computación, motores, etc.). De esta manera, mediante esta estrategia innovadora, las FFAA trataron de revertir el impacto disruptivo que significó pasar del SMO al SMV, porque los cuarteles se estaban quedando vacíos.
Sin embargo, al cabo del segundo año de funcionamiento los resultados de la aplicación del numeral 6, no fueron del todo halagadores (no obstante que los CEO fueron dotados de buena infraestructura, maquinarias y módulos adecuados, así como docentes proporcionados por el Ministerio de Educación, ver figura 1); uno de los inconvenientes tuvo que ver con el nivel de la cobertura de los centros que no alcanzaba a todo el universo del SMV debido fundamentalmente a que los CEO operaban en la sede de la región o zona militar[2], lo cual hacía muy difícil capacitar a las unidades o contingentes que se encontraban alejadas.
Claro que cuando era posible, y el presupuesto lo permitía, podía realizarse rotaciones de personal con fines de capacitación, pero eso significaba otro problema de carácter estructural.
En este contexto, el 17 de julio del año 2003, el gobierno de la época promulga la (Ley N° 28044, Ley General de Educación)[3], que establece los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano. El Capitulo III – La Educación Técnico-Productiva- desarrolla en su respectivo articulado esta forma de educación orientada a la adquisición de competencias laborales y empresariales (Ley 28044, 2003) y dirigida a las personas que buscan insertarse en el mercado laboral y a los alumnos de la Educación Básica. Expresamente señala:
“Artículo 45°. Centros de Educación Técnico-Productiva
Los Centros de Educación Técnico-Productiva ofrecen servicioseducativos en los ciclos para los que obtengan autorización y expiden las certificaciones y títulos técnicos correspondientes, de acuerdo con el reglamento. Realizan actividades de capacitación, actualización y reconversión laborales y contribuyen con la Educación Básica ofreciéndole sus servicios especializados. Como expresión de su finalidad formativa, y con carácter experimental, están facultados para desarrollar actividades de producción de bienes y servicios, los cuales constituyen una fuente de financiamiento complementario”.
Recordemos que en las FF. AA. desde el año 2000 ya se había creado los Centros de Educación Ocupacional (CEO) que en buena cuenta serían los antecesores de los Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO).
En junio del año 2008, casi 8 años después de la promulgación de la Ley N° 27178 (1999), el gobierno emite la nueva ley del Servicio Militar: Ley N° 29248[4], con efecto a partir del 1° de enero del 2009, dispositivo legal mucho más elaborado y con enfoque en la persona humana, manteniendo el carácter de servicio militar voluntario y derogando la norma anterior. Esta ley recoge la retroalimentación de los últimos años e introduce mayores innovaciones dentro del artículo “derechos y beneficios”; Si la ley anterior establecía 10 derechos y beneficios, la nueva ley duplica las prestaciones a 21. En lo que concierne a la formación técnico-laboral del personal de tropa acuartelado o en servicio activo, en el numeral 8., establece lo siguiente:
“Artículo 54.- Los derechos y beneficios para quienes se encuentren cumpliendo el servicio militar acuartelado son los siguientes:
1. …….
8. Recibir educación básica, educación técnico-productiva o educación superior tecnológica en distintas especialidades, las que darán lugar a la certificación o del título correspondiente a nombre de la Nación, reconocidos por el Ministerio de Educación, previa convalidación y/o continuación de estudios de ser el caso, de acuerdo con la Ley General de Educación y sus reglamentos respectivos. El reglamento de la presente ley establecerá cuáles son las especialidades a que se hace referencia en el presente numeral y las instituciones de educación pública que brindarán matrícula en los niveles y modalidades señalados, previo convenio con el Ministerio de Educación.
21 ……….”
De otro lado, esta nueva Ley N° 29248 (2008) también señala derechos para el personal dado de baja por tiempo cumplido (denominados licenciados), así:
“Artículo 60.- El personal licenciado del Servicio Militar Acuartelado tiene derecho a:
5. Convalidar estudios de educación superior tecnológica de acuerdo a la Ley General de Educación, sus reglamentos y normativa vigente. Para tal efecto, el Ministerio de Educación brinda el asesoramiento y capacitación necesarios a los directivos y profesores de los Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO) e Institutos Superiores Tecnológicos a cargo del Ministerio de Defensa. Con tal finalidad, los Ministerios de Educación y de Defensa firmarán los convenios específicos respectivos.
9. …………”
Como se puede apreciar, la Ley N° 29248 (2008) resulta más innovadora que la anterior (N° 27178, 1999) que en la práctica tuvo una vigencia aproximada de 8 años diseñada para resolver el álgido problema de la captación de contingentes para cubrir las necesidades de la fuerza ante la eliminación del servicio militar obligatorio. Los resultados de su aplicación no fueron satisfactorios por lo que se tuvo que, en base a la experiencia y un mejor análisis, formular un nuevo texto con las mejoras sustanciales glosadas líneas arriba.
[1] Los Centros de Educación Ocupacional existían desde 1982 en virtud de la Ley General de Educación N.° 23384. Dicha norma, en el Capítulo XIII desarrolla la modalidad de la educación ocupacional y en los artículos 74.b y 76 considera el funcionamiento de los CEO como Servicios Sectoriales. Para el caso de la problemática de las FFAA peruanas, los CEO del sector defensa se basaron en esa norma, posteriormente derogada en 2003.
La Evolución de la Educación Técnico-Productiva en las FF. AA.
La Ley General de Educación (LGE) de Perú como toda norma dinámica y flexible sometida a un proceso de mejora continuo ha sido objeto de una serie de enmiendas desde su promulgación en el año 2003 hasta el año 2023.
Sin embargo, ha mantenido la esencia de la educación técnico-productiva estableciendo una ruta, tal y como se puede observar en la Figura 2, relativa a: Evolución de la educación técnico-productiva en las FFAA de Perú.
Como se puede apreciar en la ilustración 1, cuatro años antes de la promulgación de la Ley General de Educación en el año 2003, las FFAA de Perú, ante la disrupción que representaba la eliminación del Servicio Militar Obligatorio, diseñaron una innovadora estrategia para generar el interés de los jóvenes para acudir a filas de manera voluntaria mediante (entre otros derechos y beneficios) la implementación de los Centros de Educación Ocupacional (CEO´s)[1] en las grandes unidades militares y bases.
La mencionada Ley[2] crea en el 2003 los Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO´s) como un nivel de educación intermedio entre la educación básica y la superior abierto a los jóvenes que opten por una preparación técnica.
En esa línea, el año 2008 las FFAA operan un cambio en los primigenios CEO que pasan a denominarse CETPRO bajo el amparo de la Ley General de Educación. Para el caso, el Ministerio de Defensa (MINDEF) suscribe convenios a nivel nacional con el Ministerio de Educación (MINEDU). Bajo este esquema, los docentes son designados por el MINEDU corriendo a cargo del MINDEF a través de los CETPRO de las FFAA, proporcionar la infraestructura correspondiente y la Dirección de la institución[3].
Al presente se está completando la tarea de homologar los planes curriculares de los CETPRO a nivel nacional de manera que los egresados (acuartelados o licenciados puedan convalidar sus estudios desde Auxiliar Técnico a Técnico y luego optar por una carrera como Técnico Profesional.[4]
[1]
Ver la Figura 1. Resolución de creación
de un CEO a solicitud del Comando de la Fuerza Aérea del
Perú a la Dirección Regional de Educación del
departamento de Loreto en el oriente peruano.
[2]
Ley N.° 28044. Ley General de Educación, publicada el 29
de julio de 2003 en el Diario Oficial “El Peruano”.
[3]
Ver modelo de convenio en
chrome-extension:
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[4]
Decreto Supremo 004-2019-MINEDU, publicado en el diario
oficial “El Peruano”, edición 12 marzo de 2019.
El Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas (IESTPFFAA)
De acuerdo con la Ley General de Educación (2003), los planes de estudio de los CETPRO (públicos y privados) de las FFAA son programas que ofrecen formación técnica y ocupacional en diversas áreas, preparando a los estudiantes en las especialidades[2] ofrecidas de acuerdo con la realidad social y económica del ámbito local o regional donde funcionan. El certificado obtenido es convalidable y califica para el trabajo o para continuar estudios superiores técnicos en instituciones públicas o privadas.
En esa línea de acciones, el 07 de mayo del año 2013 el Ministerio de Educación de Perú emite la (Resolución Suprema Nº 018-2013-ED (2013), mediante la cual se crea el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas (IESTPFFAA), con sede en Lima, capital de Perú, con el objetivo de lograr una adecuada oferta de servicios educativos de nivel superior tecnológico al personal de licenciados del servicio militar. El proyecto curricular oferta 12 carreras técnicas profesionales (ver ilustración 2, pág. 10), enmarcadas en la formación de tipo modular certificable, lo que le va a permitir al estudiante una mayor facilidad de inserción en el medio laboral.
Al presente, las carreras técnico-profesionales que ofrece el IESTPFFAA a los licenciados de las FFAA tienen el nivel de Educación Superior, las que se visualizan en la figura 3. Se brinda además cursos o módulos de extensión académica con conocimientos técnicos y científicos. El IESTPFFAA se asegura de que sus acciones educativas satisfagan las expectativas y necesidades de los procesos de cambio y modernización del país.
Además, el IESTPFFAA proporciona personal altamente capacitado, con valores adquiridos en su permanencia en las Fuerzas Armadas, lo que constituye una reserva calificada con una cadena de valor que aporta y contribuye al desarrollo nacional al formar personal técnico para la industria minera, naval, turismo, y otros sectores.
Por otra parte, la oferta educativa del IESTPFFAA se apoya en cuatro pilares fundamentales:
· Infraestructura moderna soportada por una plataforma informática de última generación,
· Equipamiento para laboratorios y talleres con tecnología de punta,
· Plana docente conformada por profesionales con grados de maestría y doctorado que ostentan una amplia experiencia académica; y,
· Monitoreo permanente del proceso enseñanza aprendizaje que asegure la excelencia de los egresados y un alto índice de empleabilidad.
Tabla 1.
Historial de ingresantes y
egresados.
Ingresantes 2020-2024 |
Egresados |
Estudiantes Ciclos I-VI (2024) |
% Composición Alumnado |
|
Masculino |
Femenino |
|||
4,670 |
2003 |
1672 |
86.65 |
17.34 |
Fuente: Datos tomados del IESTPFFAA. Dirección Académica.
Los estudiantes matriculados en las 5 primeras carreras de la oferta académica tienen la posibilidad de optar por la certificación internacional y doble titulación por parte de la Flanshawe College de London, Canadá.
Conclusiones
La educación superior tecnológicaen el mundo globalizado actual se configura como uno de los principales motores del crecimiento y desarrollo que acelera la competitividad de un país. Buscar la innovación en seguridad y defensa para mantener las capacidades, como es en el caso presente, de la fuerza operativa de las FFAA de Perú, tiene la virtud de apalancar el desarrollo de la sociedad aportando talento humano con un futuro laboral asegurado (medido por su alto índice de empleabilidad), para su bienestar.
En este contexto, las FFAA de Perú crearon una importante cadena de valor que implica para los licenciados del servicio militar una transitabilidad que va desde la formación técnica primaria en los CETPRO´s hasta la educación profesional técnica que se imparte en el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas. Una acertada estrategia innovadora y creativa que posibilitó más oportunidades para los jóvenes conscriptos.
“La moderna infraestructura del IESTPFFAA equipado con tecnología de avanzada en sus talleres y laboratorios garantiza una formación profesional técnica de calidad a los Licenciados de las Fuerzas Armadas, entregando a la sociedad profesionales peruanos con las competencias y capacidades que posibilitarán su participación en el desarrollo de sus respectivas regiones, así como en la generación de riqueza y el aprovechamiento sostenible de los ingentes recursos que ellas guardan”. (P. Farfán M. Entrevista personal al director general de Educación y Doctrina del Ministerio de Defensa de Perú. 23 de mayo 2024).
En el rol de la academia y su relación con la demanda de profesionales técnicos por los diversos sectores de la economía, las FFAA de Perú suman el esfuerzo contributivo asumido junto con las universidades y otros actores estatales, empresariales y privados al desarrollo nacional.
Toda la cadena de valor creada alrededor de la capacitación técnica de los licenciados de FFAA ha sido motivo de constantes innovaciones en base a las lecciones aprendidas y la mejora constante; al presente, aún quedan aspectos por subsanar; Sin embargo, se puede afirmar que la experiencia de Perú en este tema constituye un caso de éxito.